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¿Qué son las NOMs?

Las Normas Oficiales Mexicanas (NOMs) son regulaciones que clasifican y determinan las medidas que deben tomar las empresas hacia sus colaboradores de acuerdo al riesgo al que se exponen al cumplir sus actividades, las cuales se derivan de:​

Artículo 123 Constitución Política de México, que nos dice que “toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil”.​

Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo, el cual establece como obligatorio la aplicación de exámenes médicos al personal ocupacionalmente expuesto.​

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social, que emite y vigila el cumplimiento de las Normas Oficiales Mexicanas.​

En Laboratorio Médico del Chopo entendemos la importancia de cumplir con las NOMs en su empresa, por esta razón ponemos a su disposición nuestro amplio catálogo de servicios para procurar la salud de sus colaboradores en su entorno laboral. 

NOM-030-STP-2009

Servicios preventivos de seguridad y salud en el trabajo - funciones y actividades​

Fundamentada en el Reglamento Federal de Seguridad y convenios de la Organización Internacional del Trabajo, tiene como objetivo prevenir accidentes y enfermedades en todos los centros de trabajo del territorio nacional. ​

En materia de salud, es obligación del empleador:

Realizar exámenes médicos periódicos, de ingreso, reingreso o cambio de puesto. Para cumplir con este objetivo se deberán establecer los perfiles biológicos de aptitud a los candidatos para el puesto de trabajo específico.​

  • Personal de producción y administrativo: para establecer el perfil biológico se requiere determinar las características antropométricas, capacidades físico funcionales (agudeza visual, capacidad auditiva, capacidad cardiopulmonar), psicológicas y de personalidad, enfermedades transmisibles y toxicomanías. Adicionalmente, se sugiere realizar los estudios de laboratorio y gabinete pertinentes.​
  • Otros: elaborar perfil de estudios con base en el puesto específico.

Le ofrecemos los siguientes estudios orientados al cumplimiento de la NOM-030:​

  • Chequeos médicos​
  • Biometría hemática​
  • Coproparasitoscópico​
  • Examen general de orina​
  • Glucosa sanguínea​
  • Perfil cardíaco
  • Audiometría​
  • Electrocardiograma​ en reposo
  • Espirometría​
  • Rayos X de columna lumbar​
  • Rayos X de tórax 

NOM-036-1-STPS-2018

Factores de riesgo ergonómico en el trabajo - identificación, análisis, prevención y control​

Establecer los elementos para identificar, analizar, prevenir y controlar los factores de riesgo ergonómico en los centros de trabajo derivados del manejo manual de cargas, a efecto de prevenir alteraciones a la salud de los colaboradores. Aplicable para todos los centros de trabajo del territorio nacional donde existan colaboradores cuya actividad implique realizar manejo manual de cargas de forma cotidiana, es decir, más de una vez al día con un peso mayor a 3 Kg.

En materia de salud, es obligación del empleador:​

Procurar el bienestar de los trabajadores ocupacionalmente expuestos conforme a lo dispuesto en el programa de vigilancia de salud, así como la aplicación de exámenes médicos iniciales y periódicos para evaluar probables trastornos musculoesqueléticos.​

Le ofrecemos los siguientes estudios orientados al cumplimiento de la NOM-0306​

  • Rayos X​
  • Resonancia magnética​
  • Ultrasonido articular

NOM-035-STPS-2018

Factores de riesgo psicosocial en el trabajo - identificación, análisis y prevención​

Establecer los elementos para identificar, analizar y prevenir los factores de riesgo psicosocial, así como promover un entorno organizacional favorable en todos los centros de trabajo del territorio nacional. ​

En materia de salud, es obligación del empleador:​

Tener un registro de los nombres de los trabajadores a los que se les han practicado exámenes o evaluaciones clínicas y que se comprobó la exposición a factores de riesgo psicosocial, actos de violencia laboral o acontecimientos traumáticos severos.

Le sugerimos realizar exámenes médicos orientados al cumplimiento de la NOM-035​:​

 

Uno de los elementos para identificar, analizar y prevenir factores de riesgo psicosocial en una empresa es la evaluación del médico laboral, quien determinará a aquellos colaboradores probablemente expuestos o en riesgo psicosocial. ​

  • Rayos X​
  • Resonancia magnética​
  • Ultrasonido articular

NOM-011-STPS-2001

Condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo donde se genere ruido​

Consiste en establecer las condiciones de seguridad e higiene en todos los centros de trabajo del territorio nacional donde se genere ruido que sea capaz de alterar la salud de los trabajadores.

En materia de salud, es obligación del empleador:​

Implantar, conservar y mantener actualizado el programa de conservación de la audición, el cual es necesario para el control y prevención de alteraciones. Vigilar la salud de los trabajadores expuestos a ruido e informarles sobre sus resultados.​

Le ofrecemos los siguientes estudios orientados al cumplimiento de la NOM-011:​

  • Audiometría

NOM-010-STPS-2014

Agentes químicos contaminantes del ambiente laboral - reconocimiento, evaluación y control​

Consiste en establecer los procesos y medidas en todos los centros de trabajo del territorio nacional para prevenir riesgos de salud al personal expuesto a agentes químicos contaminantes del ambiente laboral.

En materia de salud, es obligación del empleador:​

Tener un registro de los nombres de los trabajadores ocupacionalmente expuestos a los que se les han practicado exámenes médicos e informarles sobre los los resultados como parte de la vigilancia de su salud.​

Le ofrecemos los siguientes estudios orientados al cumplimiento de la NOM-010:​

  • Chequeos médicos​
  • Ácido hipúrico ibe​
  • Ácido metil hipúrico y sustancias oxigenadas en orina​
  • Espirometría​
  • Hidrocarburos en sangre​
  • Niveles de: benceno, tolueno y metales​
  • Plaquetas

NOM-012-STPS-1999

Condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo donde se produzcan, usen, manejen, almacenen o transporten fuentes de radiaciones ionizantes​

Su objetivo es establecer las condiciones de seguridad e higiene que se deben cumplir en todos los centros de trabajo del territorio nacional en los que se produzcan, usen, manejen, almacenen o transporten fuentes de radiaciones ionizantes para el reconocimiento, evaluación y control de los trabajadores ocupacionalmente expuestos.

En materia de salud, es obligación del empleador:​

Practicar exámenes médicos al personal ocupacionalmente expuesto e informarles sobre los los resultados como parte de la vigilancia de su salud.

Le ofrecemos los siguientes estudios orientados al cumplimiento de la NOM-012:​

  • Chequeos médicos​
  • Análisis clínicos​
  • Rayos X​

NOM-013-STPS-1993​

​Relativa a las condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo donde se generen radiaciones electromagnéticas no ionizantes

Consiste en establecer las medidas preventivas y de control en todos los centros de trabajo del territorio nacional donde se generen radiaciones electromagnéticas no ionizantes para prevenir riesgos en la salud de los trabajadores expuestos.

En materia de salud, es obligación del empleador:​

Promover que se determinen las condiciones de salud de los trabajadores expuestos a radiaciones no ionizantes mediante exámenes médicos periódicos.​

Le ofrecemos los siguientes estudios orientados al cumplimiento de la NOM-013:​

  • Chequeos médicos​

NOM-014-STPS-2000

Exposición laboral a presiones ambientales anormales - condiciones de seguridad e higiene​

Esta norma tiene como objetivo el establecimiento de las condiciones de seguridad e higiene para prevenir y proteger la salud de los trabajadores contra los riesgos que implique el desarrollo de actividades en operaciones de buceo y exposición a presiones ambientales bajas dentro del territorio nacional.

En materia de salud, es obligación del empleador:​

Informar a los trabajadores acerca de los riesgos, signos y síntomas de enfermedades relacionados con sus actividades, así como las medidas de seguridad e higiene para prevenirlas. Realizar al personal ocupacionalmente expuesto exámenes médicos iniciales, periódicos y especiales de acuerdo a lo establecido.

Le ofrecemos los siguientes estudios orientados al cumplimiento de la NOM-014:​

  • Audiometría​​
  • Electrocardiograma en reposo​​
  • Espirometría​

NOM-015-STPS-2001

Condiciones térmicas elevadas o abatidas - condiciones de seguridad e higiene​

Determina la obligatoriedad de establecer las condiciones de seguridad e higiene respecto a niveles y tiempos máximos permisibles de exposición a condiciones térmicas extremas que generan que la temperatura corporal sea inferior a 36°C o superior a 38°C y que sean capaces de alterar la salud de los trabajadores.

En materia de salud, es obligación del empleador:​

Vigilar la salud del personal ocupacionalmente expuesto de acuerdo a lo que establezcan las Normas Oficiales Mexicanas emitidas por la Secretaría de Salud y en caso de no existir; el médico de la empresa determinará los exámenes médicos a realizar.​

Le ofrecemos los siguientes estudios orientados al cumplimiento de la NOM-015:​

  • Chequeos médicos​
  • Análisis clínicos​
  • Electrocardiograma en reposo​
  • Espirometría​

NOM-024-STPS-2001

Vibraciones - condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo​

Establecer los límites máximos permisibles de exposición y las condiciones mínimas de seguridad e higiene en todos los centros de trabajo del territorio nacional donde por las características de operación de la maquinaria y equipo se generen vibraciones que afecten a los trabajadores en cuerpo entero o en extremidades superiores.

En materia de salud, es obligación del empleador:​

Elaborar y mantener vigente el Programa para la Prevención de Alteraciones a la Salud del personal expuesto, así como capacitarlo de forma anual. No exponer a vibraciones a mujeres en estado de gestación.​

Le ofrecemos los siguientes estudios orientados al cumplimiento de la NOM-024:​

  • Chequeos médicos​
  • Audiometría​
  • Neurofisiología​
  • Rayos X

NOM-025-STPS-2008

Condiciones de iluminación en los centros de trabajo​

Establecer los requerimientos de iluminación en todos los centros de trabajo del territorio nacional para que se cuente con la cantidad requerida para cada actividad visual a fin de proveer un ambiente seguro y saludable en la realización de las tareas.

En materia de salud, es obligación del empleador:​

Practicar exámenes de campimetría, percepción de colores y agudeza visual de forma anual a los trabajadores que desarrollen sus actividades en centros de trabajo que cuenten con iluminación especial. ​

Le ofrecemos los siguientes estudios orientados al cumplimiento de la NOM-025:​

  • Chequeos médicos​

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